Eje 2

 SEGURIDAD SOCIAL EN LA RELACION LABORAL



Resultado de aprendizaje: 

Explica los derechos y deberes de los trabajadores del sector salud  en relación con la seguridad social para su futuro desempeño laboral. 


Expectativas de aprendizaje:

Espero aprender mas sobre este campo tan importante en nuestro pais, ya que de aqui se asocia el trabajo con la salud de los trabajadores, ya que un entorno saludable en el trabajo lleva al mejoramiento del mismo por tal motivo mis expectativas en este punto son muy altas y espero ampliar mis conocimientos sobre este punto tan importante, porque en nuestro futuro seremos trabajadores, por tal motivo necesitamos tener conocimiento sobre este tema y asi hacer valer nuestros derechos o mejorarlos.

Objetivo general:

Integrar a nuestro conocimiento el funcionamiento de la seguridad social en la relación laboral en Colombia.


Objetivos específicos: 

  • Analizar y entender el sistema de pensiones de Colombia
  • Comprender el funcionamiento de los contratos laborales y tambien de las prestaciones sociales.
  • Reflexionar sobre la importancia de los riesgos laborales y como estos se asocian a la salud de los trabajadores 
  • Interpretar la importancia del derecho a la salud.

Preguntas:

  1. ¿Como funciona la seguridad social en la relación laboral en Colombia?
  2. ¿Que relación existe entre la seguridad social y la salud de los colombianos?
  3. ¿Cuales son las normas que deben cumplir los empleadores para los contratos laborales y prestaciones sociales? 
  4. ¿De que se compone el derecho a la salud dentro de la seguridad social?
  5. ¿Como intervienen los riesgos profesionales en la salud de los trabajadores?
  6. ¿Cuales son los tipos de contratos laborales que hay en Colombia y como funciona cada uno?

BIBLIGRAFIA

  • https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/subdireccion-de-empleo-y-seguridad-social/Paginas/Seguridad-Social-Integral.aspx#:~:text=%E2%80%8B%E2%80%8B%E2%80%8B%E2%80%8B%E2%80%8B,Colombia%20(Ley%20100%20de%201993)&text=De%20acuerdo%20con%20la%20Ley,de%20los%20servicios%20sociales%20complementarios.
  • https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-formalizacion-y-proteccion-del-empleo/que-es-la-seguridad-social
  • http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0121-75772020000100044
  • https://www.mintrabajo.gov.co/relaciones-laborales/riesgos-laborales/sistema-de-gestion-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo
  • https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/RL/Aseguramiento%20en%20riesgos%20laborales.pdf

PREGUNTAS

Enero 14

  1. ¿Cuál es la ley que regula la seguridad social de los trabajadores en Colombia?

El Sistema de Seguridad Social Integral vigente en Colombia fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales pueden tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana. Hace parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.

El Sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y de servicios complementarios, incorporados en la Ley 100 de 1993 y en otras normas.

La Seguridad Social es un servicio público obligatorio, cuya dirección, coordinación y control está a cargo del Estado y es prestado por entidades públicas y privadas. Evita desequilibrios económicos y sociales que, de no resolverse, significarían la reducción o la pérdida de los ingresos a causa de contingencias como la enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo, entre otras.

De acuerdo con la Ley 100 de 1993, el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia se compone de los sistemas de pensiones, de salud y de riesgos laborales y de los servicios sociales complementarios.

1. Sistema General de Pensiones.

El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones determinadas en la Ley 100 de 1993. También propende por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones.

Está compuesto por dos regímenes solidarios excluyentes pero que coexisten. El primero es el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida que es de carácter público y es administrado por Colpensiones. El segundo es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que es de carácter privado y es operado por las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías. 

2. Sistema General de Seguridad Social en Salud.

El Sistema General de Seguridad Social en Salud tiene por objeto regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso al servicio a toda la población, en todos los niveles de atención. Es operado por las Entidades Promotoras de Salud (EPSs) y la prestación del servicio está a cargo de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPSs)

3. Sistema General de Riesgos Laborales.

El Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

Su financiación proviene de la cotización obligatoria, determinada por el nivel de ingreso y la clasificación del riesgo. Las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARLs) son las entidades responsables de la afiliación, el registro y el recaudo de sus cotizaciones. 

4. Servicios Sociales Complementarios. (Colombia mayor).

Con estos subsidios económicos se busca proteger a las personas de la tercera edad que se encuentran desamparadas, no cuentan con una pensión o viven en la indigencia y/o en extrema pobreza. Hoy en día, este componente se desarrolla a través del Programa Colombia Mayor que otorga un subsidio económico a las personas mayores de edad con bajos ingresos o que carezcan de ellos.


2. ¿Cuáles son los beneficios que trae la seguridad social a los trabajadores y empleadores en Colombia?

Los beneficios a los trabajadores se basan en una estabilidad laboral lo cual les garantiza un tiempo para desempeñar determinado trabajo y asi mejorar sus condiciones económicas, tambien en la parte económica se le establece un sueldo predeterminado por el estado el cual debe ser pagado en su totalidad como lo establece el contrato o el decreto que firma el trabajador, obviamente en un trabajo formal, otro beneficio es su cotización para una futura pension, tambien las cesantías que es 1 salario cada año acumulados en un fondo donde tambien al trabajador se le pagan intereses a mencionadas cesantías. Otro punto importante es la seguridad que se le debe prestar al trabajador ayudando a prevenir accidentes y asi no atentar contra su salud o vida.

Los beneficios a los empleadores son el evitar problemas legales ya que cumpliendo la seguridad social a los trabajadores estos no podrán llevar a cabo un caso por incumplimiento a sus derechos. Tambien el funcionamiento correcto de las empresas debido al buen desempeño de sus trabajadores incentivados por el cumplimiento de sus derechos. Tambien mejora la reputación de la empresa.

REFLEXION 

Fortalezas: El tema fue muy interesante por lo que en su aprendizaje no tuve dificultades ademas son temas que debemos saber como futuros trabajadores o empleadores

Dificultades: Se me dificulta mucho administrar mi tiempo

BIBLIOGRAFIA

https://www.dnp.gov.co/programas/desarrollo-social/subdireccion-de-empleo-y-seguridad-social/Paginas/Seguridad-Social-Integral.aspx


PREGUNTAS

ENERO 21

3. ¿Cuáles son los tipos de contratos laborales vigentes en Colombia y cuáles son sus principales características?

Contrato por obra o labor: Es un contrato que se realiza para una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin. Este tipo de vinculación es característica de trabajos de construcción, de universidades y colegios. Este contrato es igual en términos de beneficios y descuentos a los contratos indefinidos y definidos, por ser un contrato laboral.

Contrato de trabajo a termino fijo: Se caracteriza por tener una fecha de inicio y de terminación que no puede superar 3 años, es fundamental que sea por escrito. Puede ser prorrogado indefinidamente cuando su vigencia sea superior a un (1) año, o cuando siendo inferior, se haya prorrogado hasta por tres (3) veces.

Contrato de trabajo a termino indefinido: El contrato a término indefinido no tiene estipulada una fecha de culminación de la obligación contractual, cuya duración no haya sido expresamente estipulada o no resulte de la naturaleza de la obra o servicio que debe ejecutarse. Puede hacerse por escrito o de forma verbal.

Contrato de aprendizaje: Es aquel mediante el cual una persona natural realiza formación teórica práctica en una entidad autorizada, a cambio de que la empresa proporcione los medios para adquirir formación profesional requerida en el oficio, actividad u ocupación, por cualquier tiempo determinado no superior a dos (2) años, y por esto recibe un apoyo de sostenimiento mensual, que sea como mínimo en la fase lectiva el equivalente al 50% de un (1) salario mínimo mensual vigente y durante la fase práctica será equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo mensual legal vigente.

Contrato temporal, ocasional o accidental: El Código Sustantivo del Trabajo, define el trabajo ocasional, accidental o transitorio, como aquel no mayor de 30 días, y cuyas labores sean distintas de las actividades normales del empleador. Esta forma de contratación puede hacerse por escrito o verbalmente; recomendamos hacerlo por escrito, estableciendo la tarea específica del trabajador.


4. ¿Cómo está compuesto el sistema general de pensiones?

El Sistema General de Pensiones tiene como objetivo garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones determinadas en la Ley.También busca la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con el Sistema. Está compuesto por el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

Régimen de Prima Media

Es aquel mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, de invalidez o de sobrevivientes, o una indemnización, previamente definidas. Son aplicables a este Régimen, las disposiciones vigentes para los Seguros de Invalidez, Vejez y Muerte a cargo del Instituto de Seguros Sociales.

Régimen de Ahorro Individual

Es aquel mediante el cual los afiliados, tendrán derecho a una pensión de vejez, a la edad que escojan, siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener una pensión mensual, superior al 110% del salario mínimo legal mensual vigente a la fecha de expedición de esta Ley, reajustado anualmente según la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE. Para el cálculo de dicho monto se tendrá en cuenta el valor del bono pensional, cuando a éste hubiere lugar.

Régimen Exceptuado

Es aquel mediante el cual los trabajadores para su pensión tienen normas especiales de liquidación y cálculo de las mismas, diferentes a las normas del Sistema General de Pensiones.

De acuerdo con la Ley 100 pertenecen a éste régimen entre otros los miembros de las fuerzas militares y de la policía nacional, los afiliados al Fondo de Prestaciones Sociales del magisterio, el personal regido por el Decreto Ley 1214 de 1990, con excepción de aquellos que se vincularon a partir de la vigencia de la ley 100, y los miembros no remunerados de las corporaciones públicas.

A partir de la vigencia del Acto Legislativo 01 de 2005, no habrá regímenes especiales ni exceptuados, sin perjuicio del aplicable a la fuerza pública y al Presidente de la República, respetando los derechos adquiridos. No obstante todos los regímenes exceptuados y especiales terminarán el 31 de julio de 2010.

El sistema reconoce las siguientes prestaciones:

Pensión de vejez.

Pensión por invalidez riesgo común.

Sustitución pensional.

Indemnización sustitutiva de pensión / devolución de   saldos.

Auxilio funerario.


REFLEXION 

Fortalezas: El tema fue muy interesante y es muy importante su aprendizaje como futuros jubilados 

Dificultades: Se me dificulta mucho administrar mi tiempo


BIBLIOGRAFIA

https://www.mintrabajo.gov.co/web/empleosinfronteras/conoce-los-tipos-de-contrato-de-trabajo

https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-formalizacion-y-proteccion-del-empleo/que-es-el-sistema-general-de-pensiones

https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/RiesgosLaborales/Paginas/sistema-general-pensiones.aspx

https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Paginas/Sistema-general-de-Pensiones.aspx#:~:text=Est%C3%A1%20compuesto%20por%20el%20R%C3%A9gimen,de%20Ahorro%20Individual%20con%20Solidaridad.&text=Es%20aquel%20mediante%20el%20cual,o%20una%20indemnizaci%C3%B3n%2C%20previamente%20definidas.


PREGUNTAS

ENERO 28

5. ¿Qué es el sistema de riesgos laborales y cómo está conformado? ¿Y a qué tipo de riesgos estamos expuestos los bacteriólogos y laboratoristas clínicos?

El Sistema General de Riesgos Laborales es un mecanismo de protección para todos los trabajadores en Colombia, orientado al aseguramiento y atención de los empleados, ante la posible ocurrencia de accidentes de trabajo o una enfermedad laboral.

Busca prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales.

En caso que se presenten:

  • Mitigar su severidad.
  • Atender e indemnizar a los trabajadores o sus familiares en caso de accidente de trabajo o enfermedad laboral.

El objetivo fundamental del sistema es evitar que los trabajadores se afecten por razón de la labor que ejecutan. Luego se ubican los objetivos en:

  • La fijación de las prestaciones,
  • La reparación frente a la ocurrencia del siniestro y, finalmente,
  • La identificación de las causas del riesgo.

El SGRL está conformado por:
 
  • Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) públicas y privadas.
  • Los empleadores y los trabajadores
  • Las entidades encargadas del control y vigilancia del sistema como el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, la Superintendencia Nacional de Salud, la Superintendencia Financiera, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales, el Comité Nacional de Salud Ocupacional y los Comités Regionales y Locales de Salud Ocupacional.
 
En la siguiente tabla se observa la cotización por cada nivel de riesgo


Los bacteriólogos y laboratoristas clínicos estan clasificados en el nivel de riesgo III


6. ¿Cuál es la percepción que tiene un trabajador del derecho a la salud en Colombia? ¿Siente su derecho cumplido, vulnerado, violado? y ¿por qué?

Muchos trabajadores tienen una mala percepción del derecho a la salud ya que las condiciones no son las mismas, por ejemplo una persona que viva en una vereda, no tendra el mismo acceso a la salud que una persona de la ciudad ya que intervienen factores economicos, culturales y de accesibilidad, ademas que muchas personas han afirmado que las citas demoran mucho tiempo en concretarse y si es con un especialista puede llegar a meses, estas situaciones vulnera los derechos de muchas personas. Aunque otra parte de la población han mencionado que su derecho a la salud se ha visto cumplido pero personas con un ingreso economico mucho mas alto y posicionados en privilegios de pocos.


REFLEXION 

Fortalezas: No me ha llevado mucho tiempo entender el tema y ha sido muy interesante 

Dificultades: Se me dificulta mucho administrar mi tiempo


BIBLIOGRAFIA

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VP/DOA/RL/Aseguramiento%20en%20riesgos%20laborales.pdf











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